CONVOCATORIA

JUNTA DE ADMINISTRACIÓN, VIGILANCIA Y DISCIPLINA DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE MORELOS.

REFORMA LABORAL, CONVOCATORIA AL CONCURSO ABIERTO DE OPOSICIÓN PARA LA DESIGNACIÓN DE JUECES ESPECIALIZADOS EN MATERIA DE TRABAJO.

En cumplimiento al acuerdo general dictado por los Integrantes en Pleno de la Junta de Administración, Vigilancia y Disciplina del Poder Judicial del Estado de Morelos, en sesión ordinaria de fecha diez de septiembre de dos mil veintiuno, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 117 fracción XXIII, 119 fracción II y 125 fracción III de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Morelos, se hace del conocimiento que este H. Cuerpo Colegiado determinó acordar lo siguiente:

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 17, 116 fracción III, y 123, Apartado A, fracción XX de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 87, 92-A Fracción I, II y 102 de la Constitución interna; 14, 18, 63, 64, 65, 66 párrafo cuarto, 67 fracción III, 72-Bis, 72-Ter, 72-Quater, 72 Quinquies, 72-Sexies, 72-Septies, y 117 Fracciones III, IV, V y XXIII, de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Morelos así como el artículo cuarto transitorio de dicho ordenamiento legal; Décimo Quinto Transitorio del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores y de la Ley del Seguro Social, en materia de Justicia Laboral, Libertad Sindical y Negociación Colectiva; con el fin de generar la confianza y transparencia en nuestra sociedad y en quienes aspiren dedicarse a la encomiable tarea de administrar justicia, resulta necesario determinar de manera objetiva y clara los lineamientos substanciales que deben observarse para la aplicación de los exámenes por oposición, ello tendiente a evaluar a los aspirantes y designar mediante los debidos parámetros, a cuatro jueces de primera instancia especializados en materia laboral con jurisdicción en el Estado y competencia en alguno de los tres Distritos Judiciales que en materia Laboral se encuentra dividido el Estado de Morelos.

Bases

Primera. Categoría y número de plazas a concursar.

El concurso será público, abierto y transparente dirigido a las y los profesionistas del derecho que al momento de inscribirse ante esta Junta de Administración, Vigilancia y Disciplina del Poder Judicial Estatal, cumplan con los extremos a que se refiere el artículo 65 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Morelos y reúnan los requisitos contenidos en la presente convocatoria, para cubrir cuatro plazas de juez primera instancia especializados en materia laboral con jurisdicción en el Estado y competencia en alguno de los tres Distritos Judiciales que en materia Laboral que se encuentra dividido el Estado de Morelos, esto es, Cuernavaca, Jojutla y Cuautla, de las cuales dos serán para mujeres y dos para hombres, esto para dar cumplimiento al principio de paridad previsto en el artículo 94 de la Constitución.

Las Juezas y Jueces que ocupen las plazas sujetas a concurso, solamente podrán ser separados de la Judicatura en términos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Morelos, la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Morelos o la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Morelos.

Segunda. Participantes y requisitos que deben reunir.

Las y los participantes deberán cumplir con los requisitos establecidos en la Constitución Política del Estado, la Ley Federal del Trabajo, la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Morelos y la presente convocatoria. El incumplimiento de alguna de las hipótesis taxativas previstas en los ordenamientos citados con antelación, será motivo de descalificación del aspirante en cualquiera que sea la etapa del procedimiento.

En el concurso, que será público, abierto y transparente, podrán participar las y los profesionistas licenciados en derecho que al momento de su inscripción al presente concurso reúnan los requisitos siguientes:

  • Que el día de la publicación de esta convocatoria en el Periódico Oficial “Tierra y Libertad”, así como en el Boletín Judicial que edita el Poder Judicial del Estado de Morelos, cumplan los requisitos establecidos en el artículo 65 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la mencionada entidad Federativa;
  • Escrito de exposición de motivos en el que el aspirante exponga su interés personal y jurisdiccional para optar por alguna de las plazas motivo de la presente convocatoria. En el mismo escrito, deberá manifestar el domicilio para ser ubicado.

Tercera. Uso de herramientas tecnológicas.

Debido a la emergencia sanitaria por el SARS-CoV-2 que prevalece en nuestro país, con la finalidad de garantizar la salud de las y los participantes, así como la del personal de la Junta de Administración, Vigilancia y Disciplina del Poder Judicial Estatal que intervenga en la organización del concurso, se podrán utilizar herramientas tecnológicas en la aplicación de las evaluaciones correspondientes a las diferentes etapas del mismo, atendiendo a la situación que prevalezca en su momento.

Cuarta. Documentos de identificación de los aspirantes.

Durante las etapas del concurso, las y los aspirantes podrán identificarse con alguno de los siguientes documentos vigentes y en original:

  • Credencial para votar con fotografía expedida por el INE (o constancia digital de Identificación ante emergencia por COVID-19, expedida por el Instituto Nacional Electoral),
  • Pasaporte vigente o,
  • Cédula profesional con fotografía.

Quinta. Plazo y documentos necesarios para la inscripción.

Durante el periodo comprendido del once al diecisiete de septiembre del presente año, los aspirantes deberán ingresar a la página web de la Junta de Administración, Vigilancia y Disciplina del Poder Judicial Estatal, en el módulo de inscripción, llenarán el formato de inscripción con los datos que se solicitan y adjuntarán la documentación requerida en formato PDF no mayor a 80kb.

Los documentos que el aspirante deberá anexar a su formato electrónico de inscripción durante el periodo de inscripción, son los siguientes:

  • Acta de nacimiento.
  • Clave Única de Registro de Población (CURP).
  • Alguna de las identificaciones a que se refiere la Base Cuarta de esta Convocatoria.
  • Certificado de licenciatura que acredite promedio general mínimo de 8.0.
  • Título profesional.
  • Cédula profesional.
  • Currículum vitae elaborado bajo protesta de decir verdad, firmado de manera autógrafa en cada una de las fojas.
  • Documentación que acredite grados académicos en Derecho correspondientes a Especialidades, Maestrías o Doctorados, en cualquiera de sus ramas, con validez oficial.
  • Constancias de los cursos tomados en materia Laboral, de los últimos dos años.
  • Constancias que acrediten cuando menos tres años de experiencia profesional en materia de Derecho del Trabajo (no se tomará en cuenta la práctica profesional en las pasantías).
  • Escrito en el que, bajo protesta de decir verdad, el interesado manifieste encontrarse en pleno goce de sus derechos, no haber sido condenado por delito intencional con sanción privativa de la libertad mayor de un año, ni tampoco en juicio de responsabilidad administrativa y que cuenta con la nacionalidad mexicana.

En el mismo escrito, señalará en su caso, los procedimientos de responsabilidad administrativa a los que se les haya emplazado y el resultado de ellos; de lo contrario, bastará que, en el mismo documento, bajo protesta de decir verdad, exprese que no ha sido instaurado en su contra procedimiento administrativo alguno.

  • Constancia expedida por el Tribunal de Justicia Administrativa que acredite no haber sido inhabilitado en la función pública, con una vigencia de expedición no mayor de quince días naturales.
  • Constancia expedida por la Contraloría del Estado que acredite no haber sido inhabilitado en la función pública, con vigencia de expedición no mayor a quince días naturales.
  • Constancia de no antecedentes penales, expedida por la Fiscalía General del Estado de Morelos, con vigencia de expedición no mayor a quince días naturales.

No se admitirá alguna otra forma de inscripción que la descrita en esta Base. El sistema electrónico de inscripción se cerrará a las 23:59 horas (hora de la ciudad de México) del día en que concluya el periodo de inscripción y se les asignará un número de registro. Las solicitudes que se reciban con posterioridad a ese horario se tendrán por no presentadas.

Sexta. Facultad de revisar y verificar la autenticidad de la documentación.

La Junta de Administración, Vigilancia y Disciplina del Poder Judicial Estatal, tendrá la facultad de verificar en todo momento la información y documentación que las y los aspirantes proporcionen. De advertirse alguna anomalía, se le impedirá seguir participando al candidato o candidata en la siguiente etapa de selección. La decisión será inatacable.

Séptima. Abstención de las y los participantes de realizar gestiones.

Publicada la Convocatoria y durante el desarrollo del concurso, las y los participantes deben abstenerse de realizar trámites, entrevistas o gestiones relacionadas con el concurso, con los integrantes de la Junta de Administración, Vigilancia y Disciplina del Poder Judicial Estatal o cualquier otro Magistrado del Poder Judicial del Estado de Morelos. La contravención a la presente base será causa de descalificación.

Octava. Proyecto de lista de inscritos al concurso.

Una vez que la Junta de Administración, Vigilancia y Disciplina del Poder Judicial Estatal reciba la solicitud electrónica de inscripción y documentación presentada por las y los participantes, elaborará la lista de los aspirantes inscritos.

Novena. Publicación de la lista de las y los aspirantes inscritos al concurso.

La lista de las y los aspirantes inscritos será publicada el veinte de septiembre del año en curso, con efectos de notificación a todas y todos los participantes, en el Boletín Judicial que edita el Tribunal Superior de Justicia del Estado de Morelos, publicación que tienen efectos de notificación para todos ellos, y sólo para una mayor difusión, se publicará en la página de Internet de dicho Tribunal.

Décima. Temario básico sobre el que versarán los exámenes.

Comprenderá los temas que traten sobre la materia de competencia de los Jueces Especializados en Materia de Trabajo, derivados de disposiciones constitucionales y legales nacionales y la jurisprudencia, así como de normas internacionales aplicables, considerando las actividades administrativas que se desarrollan en el órgano jurisdiccional.

DE LOS LINEAMIENTOS A SEGUIR EN CADA ETAPA DEL CONCURSO.

Décima primera. Primera etapa. Examen de conocimientos teóricos.

  • El veintidós de septiembre de dos mil veintiuno, las y los participantes resolverán un cuestionario escrito que se integrará con 100 reactivos de opción múltiple, que tiene por objeto seleccionar a quienes acrediten contar con los conocimientos jurídicos necesarios para desempeñar el cargo de Juez de Especializado en Materia de Trabajo.
  • El examen de conocimientos teórico se llevará a cabo a partir de las 08:30 am (ocho horas con treinta minutos), en las instalaciones de la Facultad de Ciencias Químicas e Ingeniería de la Universidad Autónoma del Estado de Morelos, Campus Chamilpa, ubicada en Avenida Universidad 1001, Colonia Chamilpa, en Cuernavaca, Morelos y en caso de ser necesario, a fin de evitar aglomeraciones, se efectuará el mismo día en bloques de los cuales se darán a conocer los horarios respectivos el mismo día en que se publique la lista de admitidos al examen escrito.

Considerando la emergencia sanitaria que se vive en nuestro Estado relacionada con el SARS-CoV-2, se tomarán todas las medidas necesarias para garantizar la salud de los participantes.

  • Se garantizará en todo momento el anonimato de quienes participan en esta etapa.
  • Las y los participantes dispondrán de hasta dos y media horas para responder el cuestionario correspondiente. De estas actuaciones se levantará acta circunstanciada por parte del Secretario General de la Junta de Administración, Vigilancia, y Disciplina del Poder Judicial.
  • Esta etapa será video grabada para efectos de constancia.
  • Al término de la evaluación los participantes conocerán el resultado de la misma, y la calificación se oficializará en la lista de resultados del examen de conocimientos teóricos que será publicada el veintitrés de septiembre de dos mil veintiuno, en el Boletín Judicial, únicamente con el número de registro de los participantes, con efectos de notificación para todos ellos, y sólo para una mayor difusión se publicará en la página de Internet de dicho Poder.

Segunda Etapa. Caso práctico.

1.- En esta etapa la persona concursante deberá elaborar un proyecto de sentencia de un juicio en materia de trabajo. Para tales efectos, esta Junta de Administración, Vigilancia y Disciplina del Poder Judicial Estatal, seleccionará los expedientes de juicios laborales con las constancias que las hayan sustentado, debiendo:

  • Realizar un análisis y revisión de los expedientes previamente clasificados.
  • Seleccionar el expediente para el ejercicio práctico a resolver.
  • Determinar el material de consulta que requieren las y los participantes para la elaboración del proyecto de sentencia, para tomar las medidas necesarias.
  • Instruir, la reproducción de las constancias indispensables para la elaboración del caso práctico, ello con la finalidad de preservar la confidencialidad en el concurso, una vez seleccionado el expediente.

2.- La realización del examen de solución del caso práctico tendrá verificativo el veinticinco de septiembre de dos mil veintiuno, a partir de las 11:00 once horas en las instalaciones de la Facultad de Ciencias Químicas e Ingeniería de la Universidad Autónoma del Estado de Morelos, Campus Chamilpa, ubicada en Avenida Universidad 1001, Colonia Chamilpa, en Cuernavaca, Morelos y su duración máxima será de hasta cuatro horas; los participantes deberán presentar una identificación oficial y hoja de registro con el número de folio que le asignó el sistema de registro en el momento de su inscripción al concurso.

3.- Se entregarán a cada participante las constancias del expediente que hubiere conformado la Junta de Administración, Vigilancia y Disciplina del Poder Judicial Estatal, así como un talón y un espacio en el que él o la sustentante asentará su nombre completo y su firma. De igual manera, se proporcionará un documento digital instalado en una computadora, donde elaborarán el proyecto de sentencia; el referido documento digital contará con una clave que coincida con el del talón de identificación. El talón será depositado por cada participante en un sobre cerrado y sellado, y se concentrará por la Junta de Administración, Vigilancia y Disciplina.

4.- Una vez que el sustentante concluya la elaboración del proyecto de sentencia, se imprimirá en dos tantos, que deberán ser certificados por el Secretario de la Junta, quien resguardará un tanto, y el otro se entregará al participante; además se guardará el archivo correspondiente en formato PDF en el medio de almacenamiento digital que se proporcionará, el cual también será resguardado por la Junta de Administración, Vigilancia y Disciplina, bajo su más estricta responsabilidad y sigilo.

5.- Para la elaboración del proyecto de sentencia, se tomarán en cuenta las siguientes reglas:

  • Salvo la clave a que se refiere el punto 3, de esta Base, no se podrá asentar en ninguna de las partes del proyecto, ni en las copias, ni en el material que se proporcione, el nombre, firma o rúbrica de la o el concursante, o cualquier otro dato, seña o marca que le identifique.
  • Se destinará un espacio suficiente para la o el concursante, donde se colocará la computadora que se le asignará y en la cual desplegará el material de consulta que se le proporcionará; asimismo, tendrá acceso electrónico a leyes, códigos y jurisprudencia. La o el aspirante no podrá llevar consigo leyes y códigos, ni cualquier otro material impreso. Se otorgará a las y los aspirantes un máximo de cuatro horas para la elaboración del proyecto de sentencia.
  • En el proyecto de sentencia la o el concursante deberá destacar el planteamiento del problema jurídico a resolver y efectuar un análisis de las partes integrantes de la sentencia del juicio materia del caso práctico, desde que se tienen los autos vistos para resolver, resultando, considerando y puntos resolutivos, formulando una conclusión en la que exponga las consideraciones relativas a la solución del caso a través de los argumentos jurídicos que estime necesarios, la fundamentación y motivación y, de manera destacada, la invocación de las tesis y/o jurisprudencias que estime aplicables.

6.- La evaluación estará a cargo de la Junta de Administración, Vigilancia y Disciplina del Poder Judicial Estatal, bajo los términos siguientes:

Cada uno de sus integrantes formulará una calificación individual del caso práctico; entre otros aspectos, tomarán en consideración:

  • La precisión en la narración de los antecedentes procesales.
  • La congruencia externa e interna de la propuesta.
  • La exhaustividad en el estudio de las cuestiones planteadas.
  • Que la motivación utilice fuentes adecuadas y suficientes, argumentos coherentes y debidamente sustentados, y se advierta un pensamiento crítico.
  • Que se emplee una técnica adecuada para fijar los efectos de la sentencia y que los puntos resolutivos sean congruentes y exhaustivos en relación a los argumentos que se exponen en las consideraciones.

Los miembros de la Junta, evaluarán el proyecto de sentencia de cada participante, en los términos siguientes:

  • Al asignarse las calificaciones de manera individual, determinará la calificación definitiva del o la concursante, que será la que resulte de sumar y promediar las que individualmente otorgaron cada uno de sus miembros al caso práctico.
  • La calificación que se obtenga se hará constar en la boleta de evaluación.

7.- De la evaluación practicada se levantará acta circunstanciada en forma de lista, que contendrá la calificación definitiva asignada al proyecto de sentencia que formuló cada uno de los concursantes.

El acta deberá contener el listado de las calificaciones que otorgó cada integrante de la Junta así como la final, que resulte del promedio de las tres, y estará firmada por sus tres integrantes. Asimismo, se adjuntarán a dicha acta las calificaciones individuales asentadas en el formato de evaluación.

8.- El acta y sus anexos se guardarán en un sobre cerrado, sellado y firmado por los miembros de la Junta de Administración, Vigilancia y Disciplina del Poder Judicial Estatal, quedando para su resguardo al Presidente de la Junta.

En ningún caso los integrantes de la Junta de Administración, Vigilancia y Disciplina del Poder Judicial Estatal podrán solicitar se les proporcione información de la identidad de los concursantes y su vinculación con alguno de los proyectos de resolución calificados.

Décima segunda. Entrevista a los participantes.

Los días veintiocho y veintinueve de septiembre de dos mil veintiuno, los integrantes de la Junta de Administración, Vigilancia y Disciplina del Poder Judicial del Estado, entrevistaran a los participantes, para el efecto se les notificará por el medio electrónico proporcionado el día y hora que les corresponderá, así como el lugar donde se efectuará. Esta entrevista no tendrá porcentaje para la calificación final, sin embargo, será requisito para la validez del concurso.

Décima tercera. Calificación final y parámetros de evaluación.

La calificación final será otorgada sobre 100 puntos. Los parámetros que integrarán la evaluación final de los concursantes se obtendrá del promedio de las siguientes calificaciones:

  • La obtenida en el Examen Teórico correspondiente a la primera etapa del concurso la cual se medirá en una escala del 0 al 100; y
  • La obtenida en la presentación del caso práctico correspondiente a la segunda etapa del concurso, la cual se medirá de una escala del 0 al 100.

En caso de empate, se tomarán en cuenta los años de experiencia en materia laboral, desde el punto de vista académico y práctico.

Décima cuarta. Declaración de vencedores.

Para la declaración de vencedores de las cuatro plazas vacantes se considerarán a los 2 participantes hombres y a las 2 participantes mujeres con las calificaciones más altas, para dar cumplimiento al principio de paridad previsto en el artículo 94 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Morelos.

Décima quinta. Publicación de resultados finales.

La lista definitiva con el resultado final del concurso se publicará a más tardar el día treinta de septiembre del año en curso, con efectos de notificación para los interesados, en el Boletín Judicial que edita el Tribunal Superior de Justicia del Estado de Morelos, en la página de Internet de dicho Tribunal.

Décima sexta. Curso.

Dentro de los 15 días hábiles a aquél en el que se publique la lista definitiva de vencedores del concurso, la Junta de Administración, Vigilancia y disciplina del Poder Judicial del Estado de Morelos, adoptará las medidas conducentes para proporcionar a las y los nuevos jueces un curso obligatorio de especialización para el fortalecimiento y mejor desempeño de la función jurisdiccional.

Décima séptima. Nombramiento de juezas y jueces.

A los vencedores del concurso se les expedirá el nombramiento de Juezas y Jueces, e iniciarán funciones a partir de la fecha en que la Junta de Administración, Vigilancia y Disciplina del Poder Judicial Estatal determine que surte efectos la adscripción que se les asigne, previa protesta de ley.

Décima octava. Instancias facultadas para resolver las circunstancias no previstas.

Las circunstancias no previstas en esta Convocatoria, serán resueltas por la Junta de Administración, Vigilancia y Disciplina del Poder Judicial Estatal.

Décima novena. Causas de descalificación.

Son causas de descalificación del aspirante:

  • La omisión o falsedad de cualquiera de las manifestaciones hechas bajo protesta de decir verdad;
  • No presentarse el día, lugar y hora señalados para la realización de los exámenes;
  • La omisión o falsedad de alguno de los requisitos señalados en esta convocatoria; y
  • No asistir a la entrevista.
  • La renuncia.

La actualización de alguna de las causas señaladas en esta base traerá como consecuencia la descalificación de la o del candidato, cualquiera que sea la etapa del concurso en que se advierta.

Vigésima. Conformidad.

La presentación de la solicitud de inscripción implica, necesariamente, que el aspirante conoce los requisitos exigidos para la inscripción y participación en el concurso y la normatividad que lo rige, así como su expresa conformidad con los mismos.

Ir a Arriba